Fortalece Suprema Corte reconocimiento de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez de las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026 que establecen la entrega de, al menos, el 10 % de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, con la finalidad de hacer efectivos los derechos que les reconoce el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Pleno determinó que este mecanismo de asignación directa deriva del reconocimiento constitucional de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad para recibir y administrar directamente las asignaciones presupuestales que les correspondan.

De esta manera, se avanza hacia un nuevo paradigma que fortalece el ejercicio de sus derechos y contribuye a cerrar las brechas de desigualdad.

Asimismo, explicó que, si bien las aportaciones del FAIS forman parte de la hacienda municipal, su destino está sujeto a los fines previstos en la legislación federal. En ese sentido, la asignación directa de esos recursos respeta la autonomía municipal, al solo armonizar el ejercicio de sus atribuciones con el mandato constitucional de garantizar los derechos de dichos pueblos y comunidades.

Por último, el Pleno consideró que las facultades de coordinación y regulación del FAIS conferidas a la Secretaría de Bienestar no sustituyen las competencias de los gobiernos municipales, por lo que dicha instancia no constituye una autoridad intermedia prohibida por la Constitución Política Federal.

Además, precisó que los lineamientos administrativos que emita deberán ajustarse a los límites previstos en la legislación aplicable. 

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