Mantiene SCJN freno a auditorías y revocación contra alcaldesa de Acapulco

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó las medidas cautelares que impiden avanzar en procesos de revocación de mandato y auditorías locales contra la presidenta municipal de Acapulco, Abelina López Rodríguez, al considerar que se trata de asuntos relacionados con recursos de origen federal.

El pleno del máximo tribunal desechó los recursos de reclamación presentados por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y por el Congreso local, los cuales buscaban invalidar la admisión de las controversias constitucionales 174/2025 y 176/2025, promovidas por el municipio.

Al exponer los fundamentos de la resolución, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía explicó que los señalamientos hechos a la administración municipal se derivan de la fiscalización de recursos federales, lo que genera un riesgo inmediato si las autoridades locales continúan con los procedimientos. En ese sentido, precisó que “existe apariencia del buen derecho y peligro en la demora”, ya que dichas revisiones no son competencia del ámbito estatal.

Las controversias fueron interpuestas por el municipio de Acapulco mediante su síndico, Miguel Jaimes Ramos, con el propósito de proteger la autonomía financiera y garantizar que la revisión de la Cuenta Pública 2023 se lleve a cabo conforme a los principios constitucionales.

El argumento central es que los recursos del Ramo 33, así como los provenientes del FAISMUN, forman parte de fondos federales cuya fiscalización corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación, y no a instancias estatales o municipales.

De manera paralela, el Congreso local había impugnado la admisión de la controversia 176/2025, relacionada con un proceso de revocación de mandato promovido por el ciudadano Ramiro Solorio. La Corte mantuvo la suspensión, aclarando que la medida protege derechos constitucionales del municipio y de la presidenta municipal.

Con este fallo, la Suprema Corte dejó firme el criterio de que los recursos federales deben ser revisados únicamente por autoridades federales, reforzando la autonomía municipal y el respeto a la distribución de competencias prevista en la Constitución.

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